VIOLENCIA INTRAFAMILIAR (VIF)


¿Qué es la VIF?


Todo maltrato que afecte la vida o integridad física o síquica de quien tenga o haya tenido la calidad de cónyuge del ofensor o una relación de convivencia con él.

¿Qué ley reglamenta la VIF?


La Ley Nº 20.066, cuyos principales objetivos son prevenir y sancionar la violencia intrafamiliar y proteger a las víctimas. Esta ley crea el delito de maltrato habitual que castiga con cárcel la violencia psíquica y física ejercida habitualmente.

¿Qué tribunales están a cargo de la VIF?


Los tribunales de familia, cuando los actos de VIF no constituyen delito. Si lo constituyen, entonces el Ministerio Público.

¿A quiénes protege la Ley de VIF?


El cónyuge, ex cónyuges, conviviente, ex conviviente, padre o madre de hijo común, aunque no haya existido convivencia. Se incluye a los parientes del ofensor, de su cónyuge o actual conviviente, en su línea recta (toda la ascendencia y descendencia) o colaterales hasta la relación tíos / tías/ sobrinos / sobrinas, y además, cualquier otra persona que sea menor de edad, o con discapacidad que se encuentre bajo la dependencia de cualquier integrante de la familia.

¿A qué sanciones se expone el agresor?


Multa de 1/2 a 15 UTM. Además, de las medidas que aplique el juez, como por ejemplo obligación de abandonar el hogar que comparte con la víctima; prohibición de acercarse a la víctima o a su domicilio, lugar de trabajo o estudio; prohibición de porte y tenencia de armas de fuego y; la asistencia obligatoria a programas terapéuticos o de orientación familiar.

¿Dónde ir en caso de ser víctima de VIF?


Al Juzgado de Familia, Carabineros de Chile o a Policía de Investigaciones. Ellos tienen la obligación de acoger la denuncia y orientar a la víctima en la tramitación legal. Inmediatamente se adoptarán las medidas de protección o cautelares que sean necesarias para proteger a la víctima.

DENUNCIAS AL 149, FONO FAMILIA DE CARABINEROS DE CHILE
Atte,

RECUERDA:
juiciodefamilia@gmail.com
09-261 03 42



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